Ley 2173 de 2021: qué empresas deben sembrar dos árboles por trabajador y cómo cumplirla

Las medianas y grandes empresas en Colombia deben sembrar al menos dos árboles por trabajador cada año. Te explicamos a quién aplica la Ley 2173, cómo se calcula y los pasos para cumplirla.
Paisajismo en la estación de servicio El Sol de Terpel, Chía – Green Decco

Si tu empresa es mediana o grande, la ley colombiana le exige sembrar árboles cada año. Se trata de la Ley 2173 de 2021, conocida como la «ley de siembra», que desde octubre de 2025 tiene reglamentación oficial con la Resolución 1491 del Ministerio de Ambiente. En este artículo te explicamos a quién aplica, cuántos árboles corresponden, dónde y cómo se siembran, y qué pasos seguir para cumplirla sin contratiempos.

¿Qué busca la Ley 2173 de 2021?

La ley promueve la restauración y la conservación ecológica del país a través de la siembra de árboles y la creación de bosques. Para lograrlo, crea las llamadas Áreas de Vida en los municipios e involucra a ciudadanos, autoridades locales y, de manera obligatoria, a las medianas y grandes empresas.

La Resolución 1491 del 17 de octubre de 2025 reglamentó la ley: definió los procedimientos, los requisitos técnicos, los responsables y la forma en que las empresas deben reportar y certificar su cumplimiento.

¿Qué empresas están obligadas?

La obligación aplica a las medianas y grandes empresas registradas en Colombia, según la clasificación por tamaño que establecen las normas colombianas (Leyes 590 de 2000 y 905 de 2004, el Decreto 1074 de 2015 y la Resolución 2225 de 2019 del DANE).

  • Micro y pequeñas empresas: no están obligadas, aunque pueden participar de forma voluntaria.
  • Empresas en liquidación, disolución o insolvencia, o que dejaron de operar: dejan de ser sujetos obligados, siempre que acrediten formalmente su situación ante la autoridad competente.
  • Empresas que cambian de tamaño: se aplica la categoría vigente en el momento de cumplir la obligación de ese año.

¿Cuántos árboles debe sembrar mi empresa?

El mínimo es de dos árboles por cada trabajador al año. El cálculo se hace con los trabajadores vinculados con contrato laboral que estaban activos al 31 de diciembre del año anterior:

Árboles a sembrar = número de trabajadores con contrato laboral × 2

Por ejemplo, una empresa con 150 trabajadores que cumplan las condiciones debe sembrar al menos 300 árboles ese año. El representante legal debe certificar el número de trabajadores usado para el cálculo.

¿Quiénes cuentan para el cálculo?

  • Trabajadores con contrato a término fijo o indefinido.
  • Que estuvieran activos al 31 de diciembre del año anterior.
  • Que reciban salario y estén bajo subordinación de la empresa.

¿Quiénes no cuentan?

  • Menores de edad con contrato laboral.
  • Aprendices con contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores en periodo de prueba.
  • Contratos temporales, ocasionales o accidentales.
  • Contratistas por prestación de servicios.
  • Personal de empresas de servicios temporales, porque su relación laboral es con esa empresa y no con la usuaria.

¿Dónde se siembran los árboles?

En las Áreas de Vida, que son zonas delimitadas por las alcaldías en coordinación con las autoridades ambientales. Cada municipio publica las suyas en su página web, y también pueden consultarse en los datos abiertos del sector ambiente.

Si el municipio todavía no ha delimitado sus Áreas de Vida, la autoridad ambiental debe dar lineamientos transitorios para que la siembra pueda hacerse en zonas estratégicas de restauración.

Requisitos técnicos que debes conocer

  • Programa de siembra aprobado: la empresa debe presentar ante la autoridad ambiental un documento técnico con el área de vida elegida, los objetivos, la descripción del área y las estrategias de seguimiento. La obligación anual corre a partir de su aprobación.
  • Especies nativas: es obligatorio sembrar especies nativas de la región. Los árboles son para restauración ecológica, no para aprovechamiento comercial de madera.
  • Material vegetal certificado: las plántulas deben venir de viveros registrados ante el ICA, para garantizar su sanidad y trazabilidad.
  • Costos: todos los costos del programa los asume la empresa.
  • Mantenimiento: la empresa debe mantener la siembra durante los dos primeros años.
  • Reporte: las acciones se reportan en las plataformas digitales del Ministerio de Ambiente, con información geográfica para su seguimiento.

El certificado «Siembra Vida Empresarial»

Es el documento anual que acredita que la empresa cumplió con la siembra mínima. Lo expide de forma virtual la autoridad municipal o ambiental, después de verificar la siembra, su georreferenciación y el uso de especies nativas de viveros registrados ante el ICA.

Paso a paso para cumplir la ley

  1. Calcula tu obligación con base en los trabajadores con contrato laboral activos al 31 de diciembre del año anterior.
  2. Identifica el Área de Vida disponible en el municipio donde vas a sembrar.
  3. Elabora y presenta el programa de siembra ante la autoridad ambiental competente y obtén su aprobación.
  4. Consigue el material vegetal: especies nativas de viveros registrados ante el ICA.
  5. Ejecuta la siembra con registro fotográfico y georreferenciado.
  6. Reporta y obtén tu certificado «Siembra Vida Empresarial».
  7. Mantén los árboles durante dos años para asegurar que crezcan.

Cómo te ayudamos en Green Decco

En Green Decco llevamos diez años trabajando con zonas verdes en todo el país. Entre nuestros proyectos está la compensación forestal de la construcción del Aeropuerto Internacional Matecaña, en Pereira. Podemos encargarnos de todo el proceso para que tu empresa cumpla la Ley 2173 de principio a fin:

  • Cálculo de la obligación y planeación de la siembra.
  • Elaboración del programa de siembra para presentar ante la autoridad ambiental.
  • Selección de especies nativas y material vegetal de viveros registrados ante el ICA.
  • Siembra en campo con nuestro propio equipo.
  • Registro fotográfico, georreferenciación y soportes para el reporte y la certificación.
  • Mantenimiento de los árboles durante los dos años que exige la norma.

También ejecutamos las compensaciones ambientales forestales que las autoridades ambientales exigen a obras y proyectos de construcción.

Conoce más en nuestra página de Manejo forestal o escríbenos por WhatsApp al 318 505 6676 para calcular el plan de siembra de tu empresa.

Fuente: ABC de la Resolución 1491 de 2025, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría legal de tu empresa.

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